La cesión de derechos sobre bienes inmuebles es la transferencia de la propiedad de un edificio o casa habitación de una persona a otra. Esta transacción se rige por el artículo 893 del Código Civil y el artículo 492 de la Ley General de Crédito Público.
El Código Civil establece que una cesión debe hacerse por escrito y firmada por ambas partes. También establece que cualquier cesión hecha sin cumplir con estos requisitos no tiene efecto a menos que esté respaldada por una declaración ante un notario público u otro funcionario público facultado para administrar juramentos.